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Saturday, August 18, 2012

Propiedad Intelectual

Buenos días, estimados lectores, la siguiente entrada tiene el propósito de compartir con ustedes un resumen del tema que tratamos en nuestro curso de propiedad Intelectual dinamizado por la Dra. Liseth González Rubio, Directora del programa de Derecho de la UTB y la Dra. Marcela Oramas, nuestra  invitada especial, la idea es conocer algunas pautas claves de como proteger material educativo, pero para ello conoceremos algunas generalidades sobre la propiedad intelectual.

Tomado de la Wikipedia: "La propiedad intelectual, desde el punto de vista de la tradición continental europea y de buena parte de los países latinoamericanos, supone el reconocimiento de un derecho particular en favor de un autor u otros titulares de derechos, sobre las obras del intelecto humano.
En los términos de la Declaración Mundial sobre la Propiedad Intelectual,votada por la Comisión Asesora de las políticas de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), el 26 de junio del año 2000, es entendida similarmente como "cualquier propiedad que, de común acuerdo, se considere de naturaleza intelectual y merecedora de protección, incluidas las invenciones científicas y tecnológicas, las producciones literarias o artísticas, las marcas y signos distintivos, los dibujos y modelos industriales y las indicaciones geográficas".
El Día Mundial de la Propiedad Intelectual se celebra el 26 de abril.1
Existe además una corriente, especialmente la que proviene del movimiento de software libre, que considera que el término "Propiedad Intelectual" es engañoso y reúne bajo un mismo concepto diferentes regímenes jurídicos no equiparables entre sí, como las patentes, el derecho de autor, las marcas, las denominaciones de origen, entre otros.2 3 ".

Ahora bien, tengase en cuenta algunas definiciones en torno al tema de propiedad intelectual.

La propiedad intelectual es un derecho patrimonial de carácter exclusivo que otorga el Estado por un tiempo determinado para usar o explotar en forma industrial y comercial las invenciones o innovaciones, tales como un producto técnicamente nuevo, una mejora a una máquina o aparato, un diseño original para hacer más útil o atractivo un producto o un proceso de fabricación novedoso; también tiene que ver con la capacidad creativa de la mente: las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes y privilegios.
El titular de la propiedad intelectual tiene la facultad para evitar que cualquier persona tenga acceso o haga uso de su propiedad sin su consentimiento.
Los derechos de propiedad intelectual que otorga cada país son independientes entre sí, por lo que una misma idea, invención, obra o carácter distintivo puede ser objeto de protección en una pluralidad de Estados, existiendo tantos títulos de protección como Estados que la hayan otorgado. (Melgar, 2005)
La propiedad intelectual se clasifica en dos categorías:
  1. Propiedad industrial: La propiedad industrial es el derecho exclusivo que otorga el Estado para usar o explotar en forma industrial y comercial las invenciones o innovaciones de aplicación industrial o indicaciones comerciales que realizan individuos o empresas para distinguir sus productos o servicios ante la clientela en el mercado. Esta incluye las invenciones, marcas, patentes, dibujos y modelos industriales, así como indicaciones geográficas de origen.
  2. Derechos de autor: El artículo 11 de la Ley Federal del Derecho del Autor define a los derechos de autor como el reconocimiento que hace el Estado a favor de todo creador de obras literarias y artísticas previstas en el artículo 13 de esta Ley, en virtud del cual otorga su protección para que el autor goce de prerrogativas y privilegios exclusivos de carácter personal y patrimonial. Los primeros integran el llamado derecho moral y los segundos, el patrimonial. Este se refiere a las obras literarias y artísticas, es decir, se refieren a los derechos que tienen los artistas sobre sus obras, los derechos de los intérpretes sobre sus ejecuciones e interpretaciones, los derechos de los autores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de las empresas de radiodifusión sobre sus programas, tanto de radio como de televisión.
Al término del tiempo que tiene de vigencia el derecho de la patente, o en caso de que no se hayan cumplido las cuotas anuales por la misma, se puede aprovechar la información contenida en la misma sin el pago de las regalías correspondientes a los titulares de la patente.
En México, la autoridad que se encarga de administrar todos estos derechos es la Secretaria de Economía a través del Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI) y la ley que rige la materia es la Ley de Propiedad Industrial (LPI). El IMPI tiene como objetivo proteger los derechos de propiedad industrial y promover y difundir los beneficios que ésta ofrece para apoyar la actividad inventiva y comercial de nuestro país, impulsando la creación y desarrollo de nuevas tecnologías en beneficio de toda la sociedad. [Wikipedia: http://es.wikipedia.org/wiki/Propiedad_intelectual]

Lo invitamos a que genere sus comentarios al respecto y que sea parte de nuestra red aqui [http://tecnova.oecartagena.org/]


Referencia:

  1.  http://www.wipo.int/ip-outreach/en/ipday/
  2.  http://www.gnu.org/philosophy/words-to-avoid.es.html#IntellectualProperty

Saturday, August 11, 2012

Planificación y Diseño de programas para la formación de centros formativos


Innovación ( de la torre (1994)

Proceso de gestión de cambios específicos en ideas, materiales y prácticas, bien sean referidas al currículo, a la organización o al sistema de relaciones, hasta su consolidación, con la finalidad de promover  del mejor modo posible el crecimiento profesional e institucional.

Proceso en el que hay  una introducción de novedades, está orientada a la resolución de problemas, necesita recursos humanos y materiales de apoyo, es una acción deliberada, se apoya en las estructuras preexistentes que sean dadas por válidas y requiere un proceso de institucionalización.

POR QUE HAY QUE PLANIFICAR LA INNOVACIÓN


Principios Básicos Que Orientan La Innovación Educativa
Se Aporta Algo Nuevo, O Diferente, En La Realidad O Sistema
Es Necesario Un Esfuerzo Deliberado Y Duradero. Constancia Con El Tiempo.
El Proceso Evaluable, Tanto En Los Input Como En Los Outputs
La Innovación Es Un Proceso Cuya Gestión Se Aprende
Es Un Cambio Especifico Y Plural, Que Afecta A Todos Los Campos
El Proceso Culmina  Con La Consolidación Del Cambio
Crecimiento Personal  E Institucional Como Mejora Permanente

PROCESO DE DESARROLLO DE INNOVACIÓN






a continuación nuestra presentación en Slideshare:




Investigación Educativa

En éste encuentro contamos con el invitado especial el Licenciado Tulio Amaya de Armas, quien esta dinamizando la actividad de hoy, estamos al tiempo reflexionando  sobre los diferentes paradigmas cualitativos y cuantitativos con relación a la investigación educativa.



Red Tecnova

Esperamos sus comentarios al respecto!

Saturday, August 4, 2012

Los Cursos de la Red de aprendizaje Tecnova